Para COMAS abogados el trato personalizado, directo y ágil con el cliente, así como la diligencia, el compromiso y la ética profesional son los fundamentos sobre los que se sustenta su actividad. La búsqueda de la calidad en la prestación del servicio constituye para la Firma una continua obsesión y el espíritu creativo y de superación, el motor que impulsa el proyecto. En definitiva, una forma de entender la profesión que nos convierte en acreedores de la confianza de nuestros clientes.
En el marco de una sociedad basada en el respeto al Estado de Derecho, el abogado cumple un papel esencial. Sus obligaciones no se limitan al fiel cumplimiento de la tarea que se le encomienda, en el ámbito de la legislación aplicable. Tal y como dispone el Código de Deontología de los Abogados en la Unión Europea (adoptado en sesión plenaria del Consejo de Abogados de la Comunidad en fecha 28 de octubre de 1988 y modificado en las sesiones plenarias de fechas 28 de noviembre de 1998 y 6 de diciembre de 2002), un abogado debe servir los intereses de la Justicia, así como los derechos y libertades que le han confiado para defenderlos y hacerlos valer. Su deber no consiste únicamente en abogar por la causa de su cliente sino, de la misma manera, en corresponderle como asesor.
Por lo tanto, la función del abogado impone diversas obligaciones jurídicas y morales que en ningún caso pueden obviarse. Tomando en consideración esta premisa, COMAS abogados se fundamenta en los valores irrenunciables que se enuncian seguidamente.
El compromiso de servicio al cliente no puede entenderse exclusivamente referido a la exigencia de rigor técnico en la actuación profesional, sino que también debe englobar una dedicación constante al cliente, un compromiso con los intereses del cliente y con la defensa de los mismos, así como el esfuerzo de comprender de manera global y, a su vez, concreta, sus objetivos y sus necesidades, facilitándole, en cada momento, las soluciones más adecuadas.
El componente técnico y creativo no es suficiente para definir nuestra forma de ser si a ellos no se une, indefectiblemente, el factor personal. En efecto, no concebimos el ejercicio de nuestra práctica profesional desproveído de una relación personal y de confianza con el cliente, base de un trabajo que se dirige y se programa para satisfacer sus particulares necesidades.
La prestación de los servicios profesionales está presidida por un alto nivel de calidad, a los efectos de que el cliente obtenga, en todo momento, la solución más adecuada y eficaz al asunto encomendado. En consonancia con este compromiso, la formación permanente de los profesionales que integran o colaboran con el Bufete constituye, como no podría ser de otra forma, una preocupación constante.
COMAS abogados entiende su compromiso de actuación ética no únicamente con aquel que se deriva del estricto cumplimiento de la legalidad, sino también como una dinámica que imprime de responsabilidad las actuaciones de sus profesionales y colaboradores de tal forma que se evite cualquier actuación que, más allá de observar el estricto cumplimiento de la legalidad, pudiera llegar a considerarse cuestionable desde un prisma ético o deontológico.
La preeminencia de los legítimos intereses del cliente por encima de cualquier otro objetivo constituye la principal expresión de este principio. Desde una perspectiva interna, el compañerismo, la solidaridad y el respeto mutuo son los pilares básicos sobre los que se asientan las relaciones de los profesionales vinculados con el Bufete.
El respeto hacia los propios compañeros, hacia los clientes, terceros, los contrarios, los Tribunales o las Administraciones se erige como la dinámica propia de los integrantes de COMAS abogados. En este sentido, no se entiende nuestra práctica profesional sin el respeto hacia las posiciones y puntos de vista, ya sean confluentes o contrarios, que expresen las personas humanas.
La confidencialidad en relación con los asuntos, noticias o hechos que en el marco del ejercicio de nuestra actividad nos confíen nuestros clientes constituye un deber inexcusable, tomando consciencia en todo momento del significado y trascendencia de este principio deontológico.